miércoles, 20 de febrero de 2013

Carta a la señora Presidenta de la República de Costa Rica



Implorando justicia

•Carta a la señora Presidenta:

Javier Simón Gómez González*


Distinguida Presidenta Laura Chinchilla: Durante mi gestión al frente de la embajada de mi país en Costa Rica, tuve la oportunidad de coincidir en diversas ocasiones con usted y me llamó siempre la atención esa disposición especial que tiene para atender a los niños.

Esos recuerdos son los que me animan a escribirle, junto a los compromisos asumidos por la casi totalidad de naciones del mundo que han suscrito y ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, en especial el artículo 10 de esta que establece la obligación que incumbe a los Estados Partes a tenor de lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 9, de atender toda solicitud hecha por un niño o por sus padres para entrar en un Estado Parte o para salir de él a los efectos de la reunión de la familia de manera positiva, humanitaria y expedita.

Mis hijos y yo hemos sido víctimas desde febrero de 2011 de la violación sistemática a nuestro derecho a estar juntos, o al menos a tener contacto periódico, por parte de las autoridades judiciales costarricenses que hacen una excesiva aplicación de la Ley del Foro, e imparten una justicia absolutamente discriminatoria sobreponiendo el interés de la mujer sobre el interés superior de los niños y niñas.

Al día de hoy, ha salido a la luz pública y es un hecho comunicacional generalizado que en la embajada de la República Bolivariana de Venezuela desde la llegada de la jefa de misión actual se aplican métodos de acoso laboral; ello ha sido denunciado ante los ministerios con competencia en la materia, tanto de Costa Rica como de Venezuela, y fue el fundamento de mi carta de renuncia.

Posteriormente, fui demandado a pagar por la Defensa Pública la cantidad de cuatro mil ochocientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica y condenado a pagar por el Tribunal de Pensiones Alimentaria y Violencia Doméstica de Escazú el equivalente a tres mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, obligado a permanecer en el Costa Rica sin posibilidad de trabajar en la profesión para el cual estudié.

De la misma forma, fui víctima de una denuncia falsa de violencia doméstica de la cual, a decir del propio tribunal de familia, no se hallaron pruebas que comprometieran mi responsabilidad, no obstante y en aplicación de un principio medieval que invierte la presunción de inocencia, y que determina el surgimiento de un derecho Lombrosiano penal de autor, fui condenado ante un duda que surge, no de algún elemento objetivo, o principio de prueba, sino de la subjetividad del juez.

Igualmente, el Instituto Nacional de la Mujer ha exagerado su actuación en mi caso, con una visión parcial, sesgada y sexista, mientras el Patronato Nacional de la Infancia con sede en Santa Ana ha acompañado esta actuación, privilegiando el derecho de la mujer sobre los niños.

Honorable Presidenta: Los hechos anteriormente narrados son solo algunas de las violaciones de derechos humanos en los procesos que se han llevado en mi contra, sería interminable la lista de circunstancias que comprometen a la justicia de Costa Rica en el tratamiento de cada proceso. En este caso, los jueces de Costa Rica no han tomado en cuenta, a pesar que se les han remitido los documentos oficiales correspondientes, que en la República Bolivariana de Venezuela rige desde el año 2002 un control cambiario que impide la libre convertibilidad de la moneda y restringe el acceso a las divisas extranjeras.

Por otro lado, la falta de pago en Costa Rica implicaría el sometimiento a prohibiciones de salidas del país, a permanecer en él sin permiso ni posibilidades para trabajar y a una cárcel segura.

En ese sentido, solo una medida humanitaria que me permita entrar y salir de Costa Rica para ver a mis hijos puede lograr el milagro del reencuentro con ellos, a la espera de una justicia que entienda que se debe juzgar en las circunstancia propias de cada quien.

En nombre de mis hijos, en mi propio nombre y en el de Dios todopoderoso le imploro dicte una medida humanitaria que me permita ver a mis hijos. Es justicia que imploro.

Nota: Para cualquier comunicación relacionada con la presente carta por favor comunicarse con Javier Simón Gómez González, Cédula de identidad N.- 6.346.351, a la siguiente dirección: Urbanización Santa Fe, Final Avenida José María Vargas, Edificio Ernesto, Piso 5, Apartamento 54, Caracas, República Bolivariana de Venezuela. Correo electrónico javigomez70@gmail.com. Teléfonos 0058426407-9711 y 00582129798037.

*Documento de identidad venezolano N°. 6.346.351

Fuente: Diario Extra