miércoles, 29 de febrero de 2012

MUD pagará multa por desacato al TSJ al quemar cuadernos electorales



La quema de los cuadernos electorales se realizó 36 horas después de los comicios, lo que viola el literal “e” del artículo 52 del propio reglamento electoral de la MUD, que establece un lapso de 48 horas

La presidenta de la Comisión Electoral de la Mesa de la Unidad (MUD), Carmen Teresa Albanes, informó que este viernes cancelará la multa de 200 unidades tributarias impuesta por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), como consecuencia del desacato a la no destrucción de los cuadernos electorales de las elecciones primarias celebradas por la MUD el 12 de febrero.

“Hemos decidido pagar la multa, porque queremos dar un doble mensaje: nos mantenemos firmes en la posición de que era nuestro deber preservar la identidad de los electores, y estamos exigiendo el respeto a los principios y normas que guiaron el proceso de primarias, así como su autonomía en su aplicación”, dijo este miércoles, desde la sede del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas.

La quema de los cuadernos electorales se realizó 36 horas después de los comicios, lo que viola el literal “e” del artículo 52 del reglamento electoral de la MUD, el cual establece un lapso de 48 horas.

También transgrede la orden del TSJ de preservar los registros electorales luego de que el precandidato al municipio Bruzual (Yaracuy), Rafael Velázquez, solicitara una medida cautelar ante el máximo tribunal para impedir la destrucción de los cuadernos y realizar un reconteo de los votos.

Velázquez solicitó esta medida luego de detectar irregularidades durante el proceso comicial. “Es que yo observé una mesa donde no daban los números, había más votos que los electores que habían convocado”, dijo el precandidato el martes 14 de febrero cuando se presentó en la sede del TSJ.

Sin embargo, Albanes insiste en que no desacataron la orden de Tribunal, ya que para el momento que recibieron la orden de medida cautelar los cuadernos ya estaban destruidos.

“Los cuadernos fueron destruidos en el tiempo establecido en el reglamento, que fijó un lapso de 48 horas, y si no había impugnaciones podía procederse”, aseguró Albanes.

No obstante, la sentencia del TSJ refiere que para el momento en que la Comisión Electoral de la MUD conoció las presentes actuaciones, no habían transcurrido las 48 horas luego de las cuales debía destruirse el material electoral.

“Por lo que resulta patente que no sólo se violó la normativa que se había dictado para reglamentar el proceso de las primarias, sino que se desconoció el mandato cautelar que era, incluso, de conocimiento público”, reza la sentencia.

Fuente: Correo del Orinoco

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